El Reglamento UE 2020/741, del Parlamento europeo y del Consejo de 25 de mayo de 2020, hace referencia exclusivamente a los requisitos mínimos para la reutilización del agua para “garantizar que las aguas regeneradas sean seguras para el riego agrícola”.
El Reglamento, que entrará en vigor el 26 de junio de 2023, representa un reto y un acicate de progreso para el sector de la regeneración y la reutilización del agua para usos agrícolas, en razón de 1) los límites de calidad del agua regenerada (ligeramente más restrictivos que los indicados por el RD 1620/2007), 2) el proceso técnico requerido para valorar la eficacia de las instalaciones de regeneración y 3) una operación de las instalaciones según un Plan de Gestión de Riesgos que asegure el cumplimiento de las previsiones normativas de calidad, tanto durante las más diversas incidencias que pueda experimentar el afluente de la estación de regeneración como durante el funcionamiento del proceso de regeneración.